La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la apertura de un expediente sancionador a Mediaset por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a mensajes publicitarios y de televenta regulados. El máximo está fijado en una emisión de 12 minutos de mensajes publicitarios por hora de reloj y Mediaset habría superado estos parámetros según el informe estudiado por la CNMC.
Según ha informado el órgano competente, este presunto exceso de tiempo publicitario en los canales Cuatro y Telecinco supondrían el incumplimiento de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, por lo que ha tomado la decisión de abrir un expediente sancionador al grupo de comunicación.
Este hecho puede supone que se considera que Mediaset ha cometido infracciones administrativas de carácter leve, lo que se traduciría en la imposición de una multa que podría alcanzar un máximo de 100.000 euros por cada infracción en la que se haya incurrido.
Sin embargo, la incoación de estos expedientes no prejuzga el resultado final de la investigación. De este modo, Mediaset todavía no ha sido declarada culpable, sino que se está estudiando su caso. A partir de ahora se inicia así un período que puede durar como máximo seis meses durante el que se realizará la instrucción del expediente y también se procederá a anunciar su resolución.
Los operadores, por su parte, disponen de un periodo de quince días para presentar las pertinentes alegaciones y defenderse de las alegaciones que han provocado esta apertura de un expediente sancionador por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Si finalmente el CNMC considera que Mediaset ha cometido infracciones por haber superado el límite máximo de emisión de mensajes publicitarios deberá hacer frente a una multa que podría alcanzar los 100.000 euros. Este multa se impondría en cada una de las infracciones que hubiera cometido durante los últimos meses.